La crisis penitenciaria en Ecuador: ¿Un mal sin remedio?
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Resumen
La crisis penitenciaria en Ecuador es una reflexión que contrasta el criterio de expertos penitenciaristas y la problemática carcelaria que está viviendo el país actualmente; se parte de hacer un recuento teórico del tema, la crisis global que ha sido una constante en el ámbito penitenciario, con énfasis en América Latina y de manera específica Ecuador. A pesar que el sistema penitenciario está respaldado por la norma internacional y nacional que garantiza los derechos fundamentales, el tratamiento de los privados de libertad y el actuar de la administración penitenciaria, esto no ha sido suficiente, pues sin la voluntad política de los gobiernos de turno, no se verá cristalizada la resocialización. En fin, en la narrativa de esta investigación se demuestra la vulneración constante de los derechos fundamentales de los privados de libertad en Ecuador, especialmente el atentado contra la dignidad como principal atributo del ser humano. Se trata de una investigación cualitativa, cuya técnica utilizada es la observación documental; es decir, se ha partido de análisis de informes de la Defensoría del Pueblo a los diferentes centros de rehabilitación en todo el Ecuador, reportajes de los medios de comunicación y sentencias internacionales que han servido de precedente.
Los principales problemas que ahondan la crisis penitenciaria son: el deterioro de la infraestructura carcelaria, la violencia, la corrupción y el uso indiscriminado de la prisión preventiva. En definitiva, mientras se trate de solucionar el problema carcelario desde un enfoque de seguridad y control, no se logrará resultados positivos; pues, la crisis requiere una visión global que abarque la seguridad, el control y la rehabilitación, todo con la voluntad política del Estado apoyado en la academia.
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AXIOMA- Revista Científica de Investigación, Docencia y Proyección Social
Citas
(Castro 2018, p.39)
(CIDH 2011, p.10)
García (2010, p. 267)
SPACE (2016)
Gómez E. (1980, p.691)
González (2017, p.311)
(García, 2010, p. 19)
(Defensoría del Pueblo, 2019)
Cerezo Domínguez (2007, p.20)
(Corte IDH 2018, 39)
(CIDH, 2013: 119)
(Defensoría del Pueblo 2018, 49)
COIP (2014, Art.55
Código Penal (2011, Art.81)
(Mata y Martín 2016, 40-42)
Beccaria (2014, p.17)
(Beccaria 2014, 12)
Louk Hulsman (2007)
(Beccaria 2014, 82)
(Defensoría del Pueblo, 2018)
Defensoría del Pueblo, 2019)
(CIDH, 2011: 168)
(Corte IDH, 2017: 39)
(Gallegos 2010, p.88)
(CICR, 2013, 73)
(OMS 2010, s/p)
García (2010)
Michaud, (1978)
(Teleamazonas 2019)
(El Comercio 2020)
(Política, Mundo, 2021)
(teleSUR tv, 2019)
(Corte IDH 2004, 74)
(Trajtenberg y Sánchez 2019, 2)
García (2010, 294)
Diario el Norte (2019, s/n)
(CIDH 2019, 174).
(Bonilla 2019, s/p)
(CIDH 2019, 172)
(CIDH 2019, 20).
(Moreira 2005, s/n)
(Ventura 2010, 60)
Diario El Telégrafo (2019, s/n)
Hulsman (1984, 60)